jueves, 1 de octubre de 2020

COMUNICADO Nº 117 - A los aspirantes del 3º APV

 Les informamos que se ha comenzado la carga para el tercer Acto Público Digital con 

cierre de oferta 7/10/2020 a las 10

--  Podrán visualizar la totalidad de la oferta disponible  a partir del lunes 5/10/2020 a las         9.30

·       -- Cargos, horas cátedra y módulos Suplentes  (suplencias para cubrir hasta el 21/10/2020 como mínimo).  

           Es fundamental  que los aspirantes declaren  los datos de correo electrónico y celular en forma correcta, ya que es el medio de contacto ante eventuales designaciones.

- Al momento de postularse, deben adjuntar la  HOJA DE RUTA APD      en la que corresponde reflejar todos los cargos/módulos / horas tomadas en el 2020 en cualquier situación de revista (inclusive  las  designadas  en los APD anteriores)

     Tener en cuenta que la virtualidad no impide la consideración de la aplicación del art 29 del Estatuto del Docente (SUPERPOSICIÓN HORARIA)

-         Previo al cierre de la oferta, el 7/10/2020 a las 10, verificar  que las ofertas a las que se  postularon  no hayan sido anuladas, pues en tal caso les permitirá postularse para otra oferta alternativa de su interés.

   Mirar siempre toda la información del IGE en la publicación en abc, incluidas las observaciones.

 Recordar las modificaciones en los artículos de la Resolución  1508/20 (apartados 5, 6 y 7)

“5.- CONFECCION DEL ORDEN DE MERITO DE LOS ASPIRANTES DE UNA OFERTA Una vez cerrada la oferta, las Secretarías de Asuntos Docentes procederán a la confección del orden de mérito de los postulantes. Dicho orden de mérito deberá contar con la veeduría gremial correspondiente, la que se realizará a través del acceso de los veedores gremiales a los listados de aspirantes y por revisión de los resultados a través de videoconferencia; dichas videoconferencias deberán ser grabadas. Finalizado dicho proceso, se deberá circular por vía de correo electrónico entre la Secretaría de Asuntos Docentes y los veedores gremiales el orden de mérito definitivo para todos los postulantes y registrarlo en el Libro de Actas de la SAD.”

“6.- DESIGNACION Una vez designado el docente se debe notificar al mismo y se debe comunicar al establecimiento educativo que corresponde. Se remite un correo electrónico al postulante clasificado primero en el orden de mérito, notificándolo de que ha sido designado. Cabe destacar que el aspirante otorga su consentimiento para ser designado, al momento de la postulación. En caso que un postulante se haya inscripto en varios cargos -cuyo desempeño sea excluyente entre sí- y que en varias postulaciones se encuentre PRIMERO EN ORDEN DE MERITO, debe realizarse una notificación para que el postulante seleccione el cargo en el que tomará posesión y las postulaciones no aceptadas no generan efectos para el postulante. Con dicha notificación se revisa el orden de mérito de los restantes cargos, pasando a ocupar la postulación el docente que le sigue en el orden mérito. Se remitirá la documentación relativa a la designación (incluidos los datos de contacto) al establecimiento educativo, los que serán utilizados para la toma de posesión, mediante el correo electrónico para notificaciones declarado en instancia de la postulación, y, en su caso, al teléfono de contacto. El aspirante deberá responder por correo electrónico. La falta de respuesta en las 24 horas hábiles de notificado es considerada rechazo de la oferta. Se comunicará la designación al establecimiento educativo por correo electrónico ABC (el mismo utilizado para solicitar las coberturas) o por SUNA cuando el IGE hubiera ingresado a la SAD por ese medio, para que se realice la toma de posesión del cargo, la que deberá ser realizada sin dilaciones. El establecimiento educativo confirmará a la SAD la toma de posesión por la misma vía.”

“7.- PUBLICACION DE RESULTADOS Finalizado el Acto Público, la SAD deberá cargar en la aplicación Acto Público el postulante que ha resultado designado. Con dicha información se procederá a la publicación del resultado en la aplicación Acto Público (señalándose en cada Oferta el docente designado conforme al orden de mérito, estarán el Nombre y Apellido, CUIL y fecha de designación). No son válidas la toma de posesión de los docentes designados sin que medie publicación anterior de la designación. Con la publicación de los resultados en la aplicación Acto Público Digital se dan por notificados todos los agentes que se han postulado al cargo.”

                                   
                                    RESOLUCION 1508/20

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