SAD MAGDALENA realiza la difusión de la DISPOSICIÓN 12/2021 referida a MAD-ACRECENTAMIENTO
2021-2022
POR FAVOR LEER DETENIDAMENTE LA DISPOSICIÓN
Y SEGUIR LAS
INDICACIONES PARA EVITAR ERRORES QUE ANULEN
LAS SOLICITUDES
DESCARGAR: DISPOSICION MAD-ACRECENTAMIENTO 2021/2022
Planillas de solicitud:
ANEXO 4 - CARGOS
ANEXO 5 - MODULOS Y HORAS CATEDRAS
ANEXO 6 - REINCORPORACIONES
ANEXO 7 - PROMOCION A CARGOS JERARQUICOS
ANEXO 8 - PROMOCION A CARGOS JERARQUICOS DIRECTIVOS Y SECRETARIOS
ANEXO 9 - ACRECENTAMIENTO
Los docentes TITULARES
tendrán acceso a las Planillas de solicitud de MAD y Acrecentamiento en el
portal ABC en Dirección de Tribunales de Clasificación y al aplicativo de inscripción en el SERVADO
La inscripción se realiza por la página ABC,
ingresando con usuario y contraseña, a la opción SERVADO "INSCRIPCIONES Y ACCIONES ESTATUTARIAS 2021-2022", del 16/07/2021 al
06/08/2021.
Las planillas se
organizan según el tipo de solicitud. y deberán estar acompañadas de la copia
del DNI y la Declaración Jurada de Cargos/ horas cátedra/ módulos y horarios,
de todos los desempeños de situación de revista titular, en instituciones
oficiales y no oficiales, en jurisdicción nacional, provincial y/o municipal,
en lo posible firmada por autoridades competentes, de los establecimientos de
gestión estatal y gestión privada, tal como lo establece la DISPOSICIÓN 17/20
PROCEDIMIENTO DE
EXCEPCIÒN
Para los casos
excepcionales en los que hubiere una dificultad insalvable para efectuar la
solicitud o pudiera hacerlo sólo de modo/manera incompleta mediante el
uso del aplicativo de SERVADO, el/la docente podrá enviar la documentación que
debería anexar en el aplicativo online, mediante el correo electrónico ESPECÍFICO creado por la DGAD:
madsad064@abc.gob.ar
consignando en asunto "Agregar documentación
MAD y su nombre y apellido completos”, tal como lo indica
la Disposición 2021-12
IMPORTANTE
“La DDJJ es responsabilidad del docente, pudiendo su
falsedad, dar lugar a la sustanciación de las acciones que correspondan por
incumplimiento de las obligaciones que surgen del artículo 6 del Estatuto del
Docente – Ley N° 10579/87 modificatorias y reglamentación”
**La información
aportada tendrá carácter de DECLARACIÓN JURADA
**Si quien se
inscriba realiza modificaciones en los datos y/o archivos ingresados se tomará
como válida la última información ingresada dentro del período de inscripción
RENUNCIAS A LA SOLICITUD
DE MAD Y/O ACRECENTAMIENTO
Cuando el /la
docente, habiendo realizado la inscripción de MAD y/o Acrecentamiento, decida
renunciar, deberá remitir por correo electrónico una nota firmada y escaneada
en el periodo establecido por cronograma.
En el asunto
consignar MAD o Acrecentamiento 2021/2022 RENUNCIA - CUIL N° (sin guiones) El
correo será dirigido a la casilla específica de Secretaría de Asuntos Docentes
destinado para MAD y Acrecentamiento 2021/2022: madsad064@abc.gob.ar
RECLAMOS UNA VEZ NOTIFICADO
EL RESULTADO DEL MAD/ACRECENTAMIENTO
La presentación de
reclamos una vez notificado el resultado del MAD/Acrecentamiento se realizará
con el mismo procedimiento que las renuncias. En el asunto del correo
electrónico consignar: "MAD o Acrecentamiento 2021/2022 RECLAMO - CUIL N°
(sin guiones)"
OTRAS
CONSIDERACIONES
**Las vacantes
contempladas para esta acción estatutaria, son aquellas producidas hasta el
31/7/21.
**Será necesario
descargar la planilla a completar de MAD y cumplimentarla con un procesador de
texto. Escanearla y subirla a la plataforma en formato PDF.
**Cada formulario
deberá estar firmado toda vez que se requiera.
**Se aclara que, si
el docente solicita cambio de cargo/ materia, debe adjuntar copia escaneada en
archivo PDF del título habilitante para el cargo al que aspira.
**Si se solicita
MAD con razones, las probanzas que se adjuntan deben ser escaneadas en archivo
PDF. Adjuntar Declaración Jurada de cargos y horarios debidamente cumplimentada
y firmada por autoridad competente.
**Respecto a las
calificaciones declaradas como titular será necesario adjuntar las probanzas
(SET 4 - anverso y reverso).
A la
brevedad se publicaran las vacantes tentativas ya que se incluyen para la
presente acción estatutaria las resultantes del tratamiento de POF y las que
surjan al 31 DE JULIO DE 2021
Cabe destacar que las vacantes
por consecuencia en el Movimiento Anual Docente, se tendrán en cuenta al solo
efecto de ampliar la oferta pero no modifican el cupo.