CIRCUITO INTERPOSICIÓN DE RECURSOS DE CALIFICACIÓN DOCENTE
PARA DOCENTES EN CUALQUIER SITUACIÓN DE
REVISTA
Ante el advenimiento de la calificación
docente, y ante eventuales presentaciones por parte de los agentes calificados:
Se procede a informar a los
Inspectores y al personal jerárquico de los establecimientos la documentación
que debe contener el legajo para presentar ante la SAD de aquel docente que
hubiere recurrido su calificación y el agente calificador hubiere ratificado la
misma en instancia de revocatoria.
El legajo la SAD lo presentará a su
vez en instancia jerárquica en subsidio ante el Tribunal del Nivel/Modalidad
respectivo
Para
ello se deberá enviar exclusivamente a
la documentación organizada del siguiente modo en 5 (cinco) archivos
exclusivamente formato PDF:
1. Calificación
SET 4 anverso y reverso debidamente cumplimentado y firmado tanto por agente calificador,
como por agente calificado (solicitar asesoramiento al Inspector acerca del
modo de confección del set 4)
2. Recurso
del docente calificado, (con firma aclaración, DNI y fecha)
3. Respuesta
al recurso del docente calificado por parte del agente calificador, (con firma, sello y
fecha) ratificando la calificación.
4. Documentación
respaldatoria de la calificación asignada al docente, por parte del agente
calificador, debidamente autenticada.
5. Nota
de eleve a la SAD indicando Nombre Apellido, DNI, cargo, teléfono y correo abc del
docente recurrente, como así también los datos del establecimiento y/o agente
calificador.
Nota:
·
toda copia contenida en el legajo deberá ser
autenticada por personal jerárquico de la escuela
·
La documentación debe ser claramente legible y
estar correctamente escaneada. No enviar fotos ni archivos jpg.
·
Escanear directamente de los originales.
·
No remitir los archivos en forma comprimida.
·
El agente calificador deberá conservar el legajo
completo en formato papel por si se le es requerido.
Una vez completado el trámite por la
vía indicada, la SAD dará un acuse de recibo por la misma vía con el número de
NOTA de la plataforma GDEBA, los días siguientes, el cual deberá ser conservado
hasta la generación del Expediente Electrónico por parte del
Tribunal.
Ahora bien, si alguno de los cinco archivos PDF solicitados
estuviera incompleto o faltara alguna firma, se devolverá al agente calificador
para su rectificación, ya que en ningún caso la SAD elevará al Tribunal
respectivo legajos incompletos.